21/1/11

PERSONALIDAD INDEFINIDA


(Publicado el 8 de marzo de 2005. Excélsior)
“Si el nombre es arquetipo de la cosa,
en las letras de rosa está la rosa
y todo el Nilo en la palabra Nilo”
“El Golem” de Jorge Luis Borges*

Mucho se ha dicho sobre los antecedentes de la actual aspirante por el PRD a la gobernatura del Estado de México. Supuestamente, es sobrina-nieta de Maximino Ávila Camacho, fue mamá a los trece años, por lo que su madre adoptó a dos hijos suyos, se cambió el nombre en varias ocasiones y realizó una reducción oportunista de su edad.

Estos hechos han provocado todo tipo de comentarios amarillistas en los medios de comunicación y han obligado a la Sra. Yeidckol Polenvsky o Citlali del Carmen Ibáñez Camacho o Citlali Ibáñez Ávila o como realmente se llame, a responder sobre el motivo por el cual ha permutado de identidad entre 1958 y 1964. Es obvio que para su madre existe identidad entre Yeidckol o Citlali, pero para la sociedad y para los efectos legales, se trata de tres personas diferentes con identidad jurídica propia. El problema es: ¿Cuál de ellas es la candidata y con qué personalidad jurídica ejerce su postura política?

Recuerdo que en el primer año de la carrera de Derecho, nos mencionaron que el nombre es un atributo de la personalidad jurídica, es aquello que da identidad propia al ser humano, lo caracteriza frente a los demás haciéndolo único e irrepetible, y le permite contraer obligaciones, ejercer sus derechos y disponer de su persona y de sus bienes con plena libertad, dentro de las limitaciones de ley. Las complicaciones por el nombre de la aspirante al Poder Ejecutivo en el Estado de México no son tan sencillas; sobre todo porque se ha comprobado que tiene tres actas de nacimiento y que probablemente dos de ellas sean falsas. La primera dice que se llama Citlali del Carmen Ibáñez Camacho, que nació a las 15:00 horas del 25 de enero de 1958, que es hija de Cuitláhuac Ibáñez y Guillermina Camacho, y que su abuelo se llamaba Maximino Camacho, constando todo ello en el acta emitida por el juez Agapito González el 3 de junio de ese año. La segunda, hace constar el nacimiento de Citlali Ibáñez Ávila en la misma fecha pero a las 20:00 horas y señala que su abuelo se llamaba Maximino Ávila Camacho, esta acta fue expedida en octubre de 1962 por Benigno Jiménez. La tercera, fue emitida el 19 de abril de 1963 ante el juez décimo de registro civil, Manuel Andrés Pérez, registrando el nacimiento de Citlali Ibáñez Ávila, como nieta de Maximino Ávila. En cuanto a Yeidckol Polenvsky, nació el 25 de enero de 1964, según su credencial para votar, domiciliada en Lomas de Tecamachalco, Naucalpan. Se desconoce si existe un acta de nacimiento con este nombre.

La Sra. Polenvsky sólo ha mostrado ante los medios copias de actas de nacimiento, pero nunca una sentencia del Poder Judicial en la que se determine cuál es el estado jurídico de su nombre. En el Código Civil se establece que sólo se pueden modificar las actas del registro civil por medio de un juicio; de lo contrario, todos lo actos posteriores a la primera acta realizados con un nombre distinto al de Citlali del Carmen Ibáñez Camacho, serán nulos de pleno derecho. Sus documentos oficiales siguen el mismo destino, certificados escolares, actas de registro civil (matrimonio, divorcio, etc.), escrituras, contratos, registros legales, en fi n; para el Estado, salvo prueba en contrario, Yeidckol Polenvsky no es la misma persona que Citlali del Carmen Ibáñez Camacho. Si gana las elecciones ¿Quién será la gobernadora, desde la óptica jurídica? ¿Si firma como Polenvsky sus actos jurídicos, serán válidos?

Seguramente, los abogados que representan al PRD, ya estarán iniciando las gestiones jurídicas que correspondan para aclarar este galimatías; mientras tanto, el registro como candidata es inválido en términos jurídicos, porque no existe en el Registro Civil la persona llamada Yeidckol Polenvsky.

Amables lectores, si bien el nombre en principio es inmutable, la ley prevé la posibilidad de autorizar su cambio cuando median motivos para ello; por ejemplo, en los tribunales mexicanos podemos mencionar casos concretos de modificaciones que se autorizaron judicialmente.

Las razones saltan a la vista: Mearía de Rodríguez, Purita de Arrea, Santiago Norrea, Demetrio Lelo de la Cabeza…
Puede suceder que alguien quiera cambiar su apellido por el de su padre adoptivo o la persona que lo crió o incluso utilizar el seudónimo de su padre como apellido, en vez del que fuera otorgado por su progenitor; en otros casos, puede suceder que una persona desee llevar un nombre que lo identifique con el otro sexo. Asimismo, tener un nombre que amalgame a la persona con determinadas condiciones políticas, sociales o religiosas puede ser un problema, y una alternativa para solucionar estos dilemas, al menos momentáneamente, puede ser la utilización de un seudónimo, pero para que tenga validez oficial se necesita realizar diversos trámites legales.

En el caso que nos ocupa, se visualiza un malinchismo manifiesto en el último cambio de nombre de la multicitada candidata, porque en lugar de utilizar por ejemplo, el mexicanísimo Guadalupe para cuando menos camuflar su identidad y de esta manera ocultarse, prefirió pasar por extranjera mandando a sus ancestros imaginarios al viejo continente, “cosas veredes mío Cid…”

*Jorge Luis Borges. Escritor argentino nacido en 1899, considerado uno de los autores más destacados de la literatura en español del siglo XX. Murió en Ginebra en 1986. El Golem es un poema escrito en 1964, que relata la historia del rabino Judá León quien da vida a un ser al que pone por nombre Golem.

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