El 23 de abril fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el
 “DECRETO por el que se establecen las medidas de austeridad que deberán
 observar las dependencias y entidades de la Administración Pública 
Federal bajo los criterios que en el mismo se indican.”
Los decretos son una figura jurídica del derecho administrativo que 
se encuentra regulada en el artículo 92 constitucional; etimológicamente
 viene de la palabra latina “decretum”, que quiere decir “orden o 
sentencia oficial”. Esto significa que los decretos son órdenes del 
Presidente de la República.
Una de estas órdenes que fueron publicadas de manera oficial la semana pasada, a la letra señala:
“I. No será despedido ningún trabajador, pero no habrá incremento de 
personal; de forma voluntaria se reducirá el salario de los altos 
funcionarios públicos hasta en un 25 % de manera progresiva. Es decir. 
El que tenga mas ingresos aportará más y será menos el descuento para 
los niveles inferiores. De la misma forma, los altos funcionarios 
públicos no tendrán aguinaldos ni ninguna otra prestación de fin de año.
 El concepto de alto funcionario público aplica de Subdirector hasta 
Presidente.”
El Presidente ordena que de forma voluntaria los altos funcionarios 
reduzcan sus sueldos hasta en un 25 %. Cuando el Ejecutivo ordena a sus 
subordinados, la palabra “voluntaria” cobra un significado muy distinto.
Todo abogado sabe que la reducción del salario de un trabajador 
resulta inconstitucional e ilegal, incluso esa reducción se equipara con
 un despido injustificado ya que las prestaciones que las personas 
obtienen como fruto de su trabajo no pueden ser disminuidas a voluntad 
del patrón, aunque ese patrón sea el mismísimo primer mandatario del 
país.
El gobierno actual se asume heredero de tres de las grandes 
transformaciones políticas del país: La Independencia de México; la 
Reforma encabezada por Juárez; y la Revolución Mexicana. 
Uno de los mayores logros de la lucha revolucionaria fue el 
establecimiento de garantías del derecho del trabajo plasmadas en el 
artículo 123 de nuestra Constitución que buscan proteger a la clase 
trabajadora de las injusticias de sus patrones, sean quien sean.
Los instrumentos legales deben ser utilizados con precisión y 
claridad. En este caso ocurre todo lo contrario. El propio coordinador 
de la bancada de Morena en el Senado, Ricardo Monreal, así lo reconoce y
 calificó de “improcedente” el primer punto del decreto presidencial. 
Como medida de emergencia ante la pandemia, la cabeza del Poder 
Ejecutivo decide emitir una “orden voluntaria” para que sus trabajadores
 renuncien a un derecho que por ley es irrenunciable... ¡Olé!
Vicecoordinador del Grupo Parlamentario del PRD en el Congreso de la Ciudad de México.
Publicado en: https://www.cronica.com.mx/notas-decreto-1152184-2020
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