El día de ayer, la Comisión de Asuntos Laborales y Previsión
Social de la ALDF  llevó acabo el foro:
Mitos y realidades de los diversos esquemas de contratación personal. Lo
anterior debido a que se han presentado diversas violaciones a los derechos de
los trabajadores en materia laboral.
Las empresas que contratan a su  personal bajo el esquema de outsourcing  o subcontratación, en la mayoría de las
ocasiones, solamente beneficia al empleador y no al trabajador, siendo este
último  objeto de explotación laboral al
no contar los derechos y obligaciones 
que marca la Ley Federal del Trabajo.
La escases  de  fuentes remuneradoras  en  la capital
del país obligan al trabajador  a no
exigir el goce de prestaciones a las que tiene derecho como lo son: vacaciones,
jornadas laborales de ocho horas, aguinaldo, entre otras.
Las diversas formas de contratación como son; las de  honorarios, eventuales, autogenerados o por
capacitación o prueba;  es una práctica
que debe ser  considerada antes de su
aplicación en una empresa, ya que puede tener efectos positivos o negativos
tanto para los empresarios como para los trabajadores.
Es necesario que este tipo de prácticas  de contrataciones de personal  sea observada por instituciones que regulan
los derechos humanos laborales, y en caso de que se violenten las garantías se  actúe en cumplimiento de las normas.
Se  deben generar
mecanismos que ayuden a los trabajadores a que se le cumplan los  derechos laborales que la ley contempla, ello
sin afectar la dinámica de la producción y productividad de las empresas; por
su parte el estado tendrá que modificar sus esquemas de contratación con
empresarios que no cumplen con los mínimos laborales para sus trabajadores, es
decir que ninguna empresa  burle la ley
laboral  y mucho menos de las contratadas
por el Estado .
                                                                                                       @jorgegavino
                                            (Publicado en la Crónica de Hoy el  12 de septiembre de 2014)
 
No hay comentarios:
Publicar un comentario